Uber no cuenta con autorización para prestar servicios dentro del polígono del Aeropuerto de la Ciudad de México y demás aeropuertos, sostuvo la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte (SICT) en un comunicado que emitó esta tarde.
“Tampoco limita a la autoridad a levantar infracciones, siempre y cuando se realice conforme a la normatividad establecida”, mencionó la dependencia.
Explicó que el juzgador le concedió la suspensión definitiva, para único efecto de que las autoridades responsables no realicen las detenciones arbitrarias y discriminatorias de vehículos de aplicación, sin que esto implique dejar de observar las disposiciones legales que rigen al autotransporte.
Por ello, la SICT recomendó a los usuarios utilizar los servicios autorizados de taxis en los aeropuertos.
A su vez, comentó que con relación al comunicado emitido por Uber de México Technology & Software con fecha 11 de marzo del 2026, la SICT, reitera y precisa:
“Con fecha 15 de Julio de 2025, Uber México Technology & Software, S.A de C.V., promovió un Juicio de Amparo ante el Juzgado Décimo Tercero en contra de los operativos que lleva a cabo la Guardia Nacional y en contra de la Ley de Caminos, Puentes, y Autotransporte Federal, entre otros”.
